Texto oficial
Artículo primero transitorio.- Las modificaciones
establecidas en esta ley que no tengan una fecha especial de
vigencia, entrarán en vigencia a contar del primer día del
mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Moderniza la legislación tributaria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1142667 / 10103251.