Texto oficial
Artículo segundo transitorio.- La modificación al
inciso segundo del artículo 18 del decreto con fuerza de
ley Nº 2, del año 1959, del Ministerio de Hacienda, sobre
Plan Habitacional, incorporada por el artículo sexto de la
presente ley no afectará a aquellas viviendas o cuotas de
dominio sobre ellas adquiridas por sucesión por causa de
muerte con anterioridad a la entrada en vigencia de esta
ley.