Texto oficial
Artículo 27. Procedencia. Los alegatos ante las cortes podrán desarrollarse a través de videoconferencia que conecte directamente al abogado que alega con la sala donde se desarrolla la vista de la causa.
El abogado podrá solicitar para sí la utilización de este mecanismo, lo que deberá requerir a través de un escrito presentado con dos días de anticipación a la fecha de la vista de la causa. En todo caso, para que se acceda a la solicitud, la resolución respectiva deberá notificarse el día anterior a la vista de la causa.