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Artículo 4 de la Ley 21.225

Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad covid-19 en chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144002 / 10112005.

Texto oficial

Artículo 4.- El bono establecido en esta ley será de cargo fiscal, se pagará por el Instituto de Previsión Social en una sola cuota, a más tardar dentro de los noventa días siguientes a la publicación de la ley. Al efecto, el Instituto de Previsión Social podrá celebrar convenios directos con una o más entidades públicas o privadas, que cuenten con una red de sucursales que garantice la cobertura nacional del bono que crea esta ley, incluyendo al Banco del Estado de Chile.