Texto oficial
Sexto: Notifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 48 letras a) y b) de la ley Nº 19.880, mediante la publicación de esta en el Diario Oficial, sin perjuicio que, excepcionalmente, la entrada en vigencia de este acto administrativo es el señalado en los puntos primero y segundo resolutivo para todos los efectos legales.