Texto oficial
Artículo 1°. Créase un Consejo Consultivo Público - Privado denominado "Consejo Asesor de la Red Diagnóstica de Laboratorios Universitarios para el Diagnóstico de Covid-19" en adelante "el Consejo", el que tendrá por objeto asesorar a la Subsecretaria de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación en las materias relativas al fortalecimiento de la red diagnóstica de la enfermedad Covid-19; así como el estudio y análisis de las solicitudes de recursos que los laboratorios autorizados en el país efectúen a esta Subsecretaria.