Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto 507

Modifica decreto supremo nº 103, de 7 de febrero de 2020, del ministerio de hacienda, en el sentido que indica y autoriza emisión de valores representativos de deuda pública directa, para su colocación en el mercado de capitales que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144623 / 10116564.

Texto oficial

Artículo 6º.- El monto agregado total máximo de las colocaciones que se realicen en virtud de las emisiones autorizadas en los artículos 3º, 4º y 5º, letra b), del presente decreto, será de hasta el equivalente a nueve mil noventa y siete millones quinientos trece mil novecientos sesenta dólares USA (US$9.097.513.960). Lo anterior, en todo caso, es sin perjuicio de ajustarse al monto máximo de endeudamiento establecido en los artículos 3º de la ley Nº 21.192 y quinto de la ley Nº 21.225.