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Artículo 30 del Decreto Ley 159

Decreto lei:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1144733 / 10130419.

Texto oficial

Art. 30. El presente decreto-lei se reducirá a escritura pública, la que firmará el Director del Tesoro en representacion del Fisco, y el concesionario en señal de aceptacion.