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Artículo 1 del Decreto 557 EXENTO

Aprueba ordenanza nº 1, de 2020, sobre uso de mascarillas en el contexto del brote de covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145466 / 10121776.

Texto oficial

Artículo 1°.- Toda persona que transite o se encuentre en lugares de uso público de la Comuna de Ollagüe, deberá usar obligatoriamente una mascarilla que proteja su nariz y boca. La misma, deberá colocarse minuciosamente, para que cubra nariz y boca con el objetivo de no dejar espacios de separación entre la mascarilla y la cara. La mascarilla podrá ser de cualquier material que contenga eficientemente la expulsión y absorción de partículas aéreas de saliva por parte del portador de la mascarilla. Así mismo se podrán usar otros dispositivos nasobucales que protejan nariz y boca y que cumplan con el principio antes establecido.