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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 309

Aprueba el estatuto de la caja de accidentes del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145676 / 10137735.

Texto oficial

Artículo 1.o La Caja de Accidentes del Trabajo es una institución semifiscal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyas relaciones con el Supremo Gobierno se mantendrán a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El domicilio de la Caja es la ciudad de Santiago.