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Artículo 11 del Decreto 1497

Aprueba ordenanza municipal que establece medidas de seguridad y prevención de transmisión del virus covid-19 en la comuna de diego de almagro

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1146292 · idParte: 10126751

Texto oficial

Artículo 11º: Se establece, en forma excepcional y transitoria la siguiente medida preventiva de suspensión, restricción y prohibición, de lunes a domingo, en el horario decretado de toque de queda, esto es de 22:00 a 05:00 horas, el desarrollo de aglomeraciones en el contexto de reuniones, fiestas y otros, en bienes nacionales de uso público y/o inmuebles particulares, ubicados en la comuna. El presente artículo regirá mientras dure el decreto de toque de queda o haya restricciones de movilidad dictadas por parte del Presidente de la República; sin embargo, la medida podrá ser prorrogada o dejada sin efecto anticipadamente, si las circunstancias lo ameritan.