Texto oficial
Artículo 29.- Normas de publicidad. Una vez presentada
la solicitud, el proveedor deberá informar los derechos y
obligaciones que tienen el cliente y el proveedor en un
proceso de portabilidad. El reglamento determinará las
formalidades y requisitos de esta comunicación, con el
objeto de procurar su fácil comprensión por parte de los
clientes.