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Artículo UNICO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 262

Concede la facultad que señala al ala de mantenimiento de la fuerza aerea de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1146500 / 10130450.

Texto oficial

Artículo único transitorio. Durante el año 1960, los fondos que se produzcan como consecuencia de la aplicación del artículo 1.o, del presente decreto con fuerza de ley, ingresarán a una cuenta de depósito sobre la cual sólo girará el Comandante del Ala de Mantenimiento. Esta cuenta se cerrará el 31 de Diciembre de 1960, y su saldo ingresará al ítem aludido en el ya citado artículo 1.o.