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Artículo 8° de Ordenanza 1

Ordenanza de medidas de prevención en salud pública comunal, ante brote pandémico covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147180 / 10133166.

Texto oficial

Artículo 8º: Respecto del incumplimiento en el horario de funcionamiento establecido en el artículo 3º de la presente ordenanza, el infractor podrá ser sancionado, además, con la cancelación de la respectiva patente de alcoholes, previo acuerdo del Concejo Municipal, cuando se presente un mínimo de 2 infracciones o denuncios.