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Artículo 19 del Decreto 1300

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de ordenanza municipal sobre administración, operación y mantenimiento del servicio municipal de agua potable de el melón

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147182 / 10133294.

Texto oficial

Artículo 19.- Quedará estrictamente prohibido hacer extensiones de las conexiones domiciliarias, sean de mangueras, cañerías plásticas o cualquier otro medio, con el fin de proporcionar agua a vecinos. El incumplimiento a esta norma quedará sujeto a una multa, para lo cual el infractor quedará citado al Juzgado de Policía Local respectivo.