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Artículo 8 de la Ley 8.412

Concede franquicias tributarias a los propietarios de los inmuebles ubicados en el sector de la avda. doce de febrero, autoriza expropiaciones y aprueba la construccion del mismo sector

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147827 / 10169842.

Texto oficial

Artículo 8.o Quedarán exentas del impuesto establecido en el artículo anterior las propiedades con frente a la Avenida Doce de Febrero que están ubicadas entre la Alameda Bernardo O'Higgins y la calle Mencía de los Nidos, respecto de los primeros veinte metros de fondo medidos desde la línea fijada por acuerdo municipal y aprobada por decreto supremo número 1.150, de 20 de Junio de 1945.