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Artículo 9 del Decreto 88

Aprueba reglamento de ingreso a chile de aeronaves de estado extranjeras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147886 / 10144868.

Texto oficial

Artículo 9º.- Las normas de este Reglamento serán aplicadas a las aeronaves de Estado extranjeras, sin distinción de nacionalidad, pero atendiendo en cada caso al trato recíproco que reciban las aeronaves de Estado chilenas por el respectivo país.