Texto oficial
Artículo 11. Cumplido el plazo indicado en los
artículos 1, 2 y 7, si aún se encontrare vigente la
declaración de Estado de Excepción Constitucional de
Catástrofe por pandemia de Covid 19, declarado en el
decreto 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, y sus prórrogas, dichos
plazos se extenderán hasta 60 días desde terminado dicho
estado de excepción constitucional.