Texto oficial
Artículo 5°.- Corresponderá al Presidente dirigir las sesiones, someter a aprobación el plan de trabajo anual y generar los mecanismos para formalizar los acuerdos de propuesta e informes; además oficiará en tareas de vinculación con el medio, difusión y coordinación de asesorías.
La Comisión sesionará con los miembros en ejercicio que asistan y las decisiones se adoptarán por mayoría simple. En caso de empate, dirimirá quien la preside.