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Artículo 10 transitorio del Decreto 88

Aprueba reglamento para medios de generación de pequeña escala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1150437 / 10166032.

Texto oficial

Artículo 10º transitorio.- En tanto la NTCO no establezca el procedimiento para calcular el factor de diseño de pérdidas eléctricas del alimentador al que se refiere el inciso segundo del Artículo 88º del reglamento aprobado en el Artículo primero del presente decreto, lo dispuesto en el inciso antes mencionado no será aplicable.