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Artículo 2° de la Ley S/N

Nombramiento de electores en los pueblos en que no exista municipalidad ni quien le sustituya para elejir el intendente de la provincia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1152914 / 10212402.

Texto oficial

Art. 2.° Comuníquese al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.