Saltar al contenido

Artículo 30 de la Ley 21.289 · Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021

Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1153629 / 10186239.

Texto oficial

Artículo 30.- El registro de contratistas y proveedores de la Administración al que se refieren los artículos 16 y 17 de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, deberá contener la individualización de las personas naturales y jurídicas que, a cualquier título, participen en la propiedad y administración de la persona jurídica inscrita en dicho registro. La Dirección de Compras y Contratación Pública deberá solicitar la precitada información dentro de los sesenta días siguientes a la publicación de esta ley, con el fin de adecuar el referido registro a las exigencias establecidas en este artículo.