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Artículo 31 de la Ley 21.289 · Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021

Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1153629 / 10186240.

Texto oficial

Artículo 31.- El Ministerio de Hacienda informará antes del 31 de enero, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, acerca de los resultados de la ejecución y metas del Plan Impulso Araucanía durante el año 2020. De igual forma, en la misma oportunidad, entregará información acerca de la planificación presupuestaria, objetivos y metas del plan, para el año 2021. Trimestralmente, informará de los proyectos y programas desarrollados, el cumplimiento de los objetivos y metas, sus beneficiarios, los criterios de selección de beneficiarios, las instituciones receptoras de fondos públicos y los mecanismos de evaluación de dicho plan; todo lo anterior desagregado por programa presupuestario y comuna. Asimismo, deberá indicar cuántos de los beneficiarios corresponden a mapuches y comunidades indígenas, aclarando el porcentaje del total de beneficiarios.