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Artículo sexto del Decreto 5

Fija tarifas de acceso abierto a que se refiere el inciso cuarto del artículo 79º de la ley general de servicios eléctricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1153651 / 10186468.

Texto oficial

Artículo sexto: Los valores base aplicados por el Coordinador y la determinación de las respectivas tarifas, deberán ser establecidas conforme al valor de la Unidad de Fomento correspondiente al día en que el Coordinador determine su respectivo monto.