Texto oficial
Artículo 50.- Créase un cargo de Jefe de División,
grado 3º, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública,
segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de
Directivos de exclusiva confianza de la Fiscalía Nacional
Económica, establecida en el artículo 35 del decreto con
fuerza de ley Nº1, de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973.
El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de
este artículo durante su primer año presupuestario de su
vigencia se financiará con cargo al presupuesto de la
Fiscalía Nacional Económica. En los años siguientes se
estará a lo que considere la Ley de Presupuestos
respectiva.