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Artículo 50 de la Ley 21.306

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154076 / 10189175.

Texto oficial

Artículo 50.- Créase un cargo de Jefe de División, grado 3º, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos de exclusiva confianza de la Fiscalía Nacional Económica, establecida en el artículo 35 del decreto con fuerza de ley Nº1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de este artículo durante su primer año presupuestario de su vigencia se financiará con cargo al presupuesto de la Fiscalía Nacional Económica. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos respectiva.