Texto oficial
Artículo 58.- Determínase que, a partir del 1 de
diciembre de 2020, la bonificación especial establecida en
el artículo 13 de la ley Nº 20.212 tendrá un valor
trimestral de $237.292.- para los trabajadores que se
desempeñen en las regiones de Arica y Parinacota, de
Tarapacá y de Antofagasta, y de $349.467.- para los que se
desempeñen en las regiones de Aysén del General Carlos
Ibáñez del Campo, y de Magallanes y de la Antártica
Chilena, así como en las Provincias de Palena, y de Isla de
Pascua y en la comuna de Juan Fernández. En el caso de la
Provincia de Chiloé tendrá un valor trimestral de
$161.324.-, y en la comuna de Cochamó será de $129.432.