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Artículo 82 de la Ley 21.306

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154076 / 10189207.

Texto oficial

Artículo 82.- A partir del 1 de enero de 2021, modifícase el artículo 6 de la ley Nº 19.553 de la siguiente forma: a) Sustitúyese en su inciso cuarto la oración "conjuntamente con los de Hacienda, del Interior y de la Secretaría General de la Presidencia" por la siguiente "conjuntamente con el Ministerio de Hacienda". b) Sustitúyase en su inciso quinto la oración "suscrito, además, por los Ministros de Hacienda, del Interior y de la Secretaría General de la Presidencia," por la siguiente "suscrito, además, por el Ministro de Hacienda".