Texto oficial
Artículo 2º.- Establécese que, los requisitos para el ingreso a la planta de directivos y cargos del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia que se indican son los siguientes:
A. Director/a Nacional, Subdirector/a Nacional, Directores/as Regionales y Jefes/as de División:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años.
B. Fiscal grado 3º EUS:
Título profesional de abogado, y experiencia profesional no inferior a 5 años.
C. Directivos afectos al artículo 8º del Estatuto Administrativo del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años.
La expresión "validados", utilizada en los párrafos precedentes de este artículo, debe entenderse que comprende el reconocimiento, revalidación y convalidación de títulos profesionales obtenidos en el extranjero, que le corresponde efectuar a la Universidad de Chile, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos y normativa vigente, sin perjuicio de lo establecido en los tratados internacionales vigentes sobre la materia.