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Artículo 12 del Decreto 32 EXENTO

Aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las garantías de reactivación y modifica decreto nº 130 exento, de 24 de abril de 2020, del ministerio de hacienda, que aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las líneas de garantía covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1155587 / 10199454.

Texto oficial

Artículo 12. Contratos de Garantía de Reactivación. El Administrador del Fondo deberá celebrar contratos de Garantía de Reactivación con las instituciones financieras participantes en los cuales deberá establecerse, a lo menos, la tasa de cobertura de garantía adjudicada a la institución financiera, el monto de deducible de la garantía que se adjudica la institución financiera y el procedimiento para hacer efectiva la garantía.