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Artículo 44 del Decreto 12

Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1157019 / 10210003.

Texto oficial

Artículo 44. Obligaciones de los consumidores. Todo consumidor estará obligado a entregar los residuos de envases al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por éstos e informadas públicamente. Sin perjuicio de lo anterior, los consumidores industriales, según se definen en la Ley, deberán optar por una de las alternativas señaladas en el artículo 24.