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Artículo 47 del Decreto 12

Establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1157019 / 10210006.

Texto oficial

Artículo 47. Entrada en vigencia. Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial, con la excepción de los Títulos III y IV, los que entrarán en vigencia en el plazo de 30 meses contado desde la publicación del presente decreto. Esto último, a menos que el vencimiento de dicho plazo se verifique con posterioridad al 1 de octubre, en cuyo caso entrarán en vigencia el 1 de enero del año siguiente.