Texto oficial
Artículo 1º.- Normas de aplicación del artículo 1º
de la ley Nº 21.180 respecto de procedimientos
administrativos regulados en leyes especiales que se
expresan a través de medios electrónicos.
Determínase la aplicación del artículo 1º de la ley
Nº 21.180, de Transformación Digital del Estado, respecto
de aquellos procedimientos administrativos regulados en
leyes especiales que se expresan a través de medios
electrónicos, que rijan a los órganos de la
Administración del Estado indicados en el artículo 2º de
la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado, en las condiciones que se
determinan en los artículos 2º y 3º del presente decreto
con fuerza de ley.