Texto oficial
Artículo 3.- Definiciones. Para los fines de la
presente ley, se entenderá por:
a) Eventos adversos: Hechos o contingencias que
podrían conducir a una persona, grupo o familia a una
situación de vulnerabilidad, en los términos establecidos
en el numeral 5) del artículo 2 de la ley Nº 20.530, por
motivos de salud, vejez, desempleo, vivienda, educación,
delincuencia, y/o violencia de género, entre otros.
b) Oferta programática: Conjunto de políticas,
planes, programas, iniciativas, beneficios, prestaciones
sociales y/o servicios que administran los organismos
participantes y que hayan sido incorporados al Sistema de
acuerdo al artículo 4.
c) Organismo participante: Organismos que administran
parte de la oferta programática incorporada al Sistema.
d) Plataforma: Sitio web parte de la Red de Atención a
Usuarios, que contendrá la información y difusión de la
oferta programática y trámites incluidos en el Sistema, y
que permitirá hacer seguimiento de casos. Los organismos
participantes dispondrán de ésta para orientar a los
usuarios. Los usuarios también podrán acceder directamente
a ella, mediante una sesión privada.
e) Red de Atención a Usuarios: Vía de acceso de los
usuarios a los servicios de información, orientación y
atención que ofrece el Sistema. Pueden ser canales
virtuales, remotos y/o presenciales que funcionan como
medios de comunicación entre los usuarios y el Sistema.
f) Secretaría Ejecutiva: Secretaría Ejecutiva Red
Integral de Protección Social, a que alude el artículo 5.
g) Repositorio de leyes y normas en materia de apoyos y
cuidados: sistema digital de acceso público que
recopilará, almacenará y difundirá las leyes, normativas
y disposiciones vigentes a nivel nacional, relacionadas con
los apoyos y cuidados. Su acceso será mediante la
Plataforma.