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Artículo 8 de la Ley 21.322 · Establece el sistema red integral de protección social

Establece el sistema red integral de protección social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158583 / 10221648.

Texto oficial

Artículo 8.- De la solicitud de información y tratamiento de datos. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, estará facultada para solicitar a organismos privados y públicos y tratar los datos y la información estrictamente necesaria para el cumplimiento de los fines del Sistema establecidos en el artículo 2 de esta ley, de conformidad con lo establecido en la letra s) del artículo 3 de la ley N° 20.530.