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Artículo segundo transitorio de la Ley 21.322 · Establece el sistema red integral de protección social

Establece el sistema red integral de protección social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158583 / 10221656.

Texto oficial

Artículo segundo.- Dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial, se dictarán los reglamentos a que hacen referencia los artículos 5 y 6, así como cualquier otro reglamento necesario para el funcionamiento del Sistema.".