Texto oficial
Artículo 1.- El presente reglamento regula el
procedimiento para el cálculo de los excedentes
provenientes de los fondos solidarios de crédito
universitario establecidos en los artículos 71 y 71 bis de
la ley N° 18.591, que hayan tenido las Instituciones
señaladas en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley
N° 4, del Ministerio de Educación, de 1981, durante el
año 2022, como también, de aquellos que se hayan acumulado
hasta el año 2021, de acuerdo con lo señalado en la ley
N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público
correspondiente al año 2023, en las glosas 10 y 15 de su
Partida 09, Capítulo 90, Programa 02, Subtítulo 33, Ítem
03, Asignación 036, y en el Programa 03, Subtítulo 33,
Ítem 03, Asignación 036, respectivamente.
En particular, las disposiciones contenidas en este
reglamento establecerán la forma en que las Instituciones
de Educación Superior podrán utilizar en el año 2023,
hasta un 35% de los excedentes que hayan tenido durante el
año 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75
de la ley N° 18.591, para el financiamiento de las
obligaciones derivadas de los estudiantes que, habiendo sido
beneficiados con la gratuidad, hayan excedido la duración
nominal de sus carreras hasta en un año.
Igualmente, este reglamento establecerá la forma en
que las Universidades podrán utilizar en el año 2023,
hasta un 20% de los excedentes acumulados hasta el año
2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la
ley N° 18.591, para financiar las obligaciones derivadas de
la aplicación del artículo 108 de la ley N° 21.091, que
no hubieran sido cubiertas en la forma indicada en el inciso
anterior. Además, con cargo a estos recursos las
Universidades podrán financiar gastos extraordinarios
asociados al retorno de la presencialidad y para avanzar en
la implementación de la ley N° 20.422, que establece
normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social
de personas con discapacidad y de la ley N° 21.369, que
regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de
género en el ámbito de la Educación Superior.