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Artículo 7 del Decreto 9

Aprueba reglamento que fija procedimiento para cálculo de excedentes de los fondos solidarios de crédito universitario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158813 / 10222671.

Texto oficial

Artículo 7.- La Superintendencia de Educación Superior, en uso de las atribuciones que la ley le concede, podrá fiscalizar que las Instituciones de Educación Superior destinen los recursos a que se refiere este reglamento a los fines que les son propios de acuerdo con la ley y sus estatutos. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.