Texto oficial
Artículo cuarto: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente de este Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por la Sección Secretaría Documental, con la tipología "Otros", en el ítem "Actos con efectos sobre terceros", a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y en artículo 51 de su reglamento.