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Artículo 11° de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159481 / 10226346.

Texto oficial

11º Notificaci�nes. Las resoluciones se entenderán notificadas a las partes desde que se incluyan en un estado que deberá formarse electrónicamente, el que estará disponible diariamente en la página web del Tribunal Calificador de Elecciones, el que se fijara en la secretaría del Tribunal, y se publicará, además en su página web, de lo cual se dejará constancia en el expediente. El Tribunal está facultado para ordenar que se notifique una resolución por otro medio o forma. Sin perjuicio de lo anterior el Tribunal podrá ordenar comunicar una resolución por algún medio digital, sin que ésta constituya propiamente una notificación.