Texto oficial
16° Plazo para interponer el recurso de apelación. El recurso se interpondrá en el término fatal de cinco días hábiles, contados desde la notificación de la resolución impugnada.
Tratándose de procesos electorales generales tales como elección de Presidente de la República, parlamentarios, gobernadores regionales, alcaldes, concejales, consejeros regionales, plebiscitos comunales y nacionales, y otros de esta naturaleza, los plazos serán de días corridos, por disposición de las leyes respectivas.