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Artículo 29° de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159481 / 10226368.

Texto oficial

29º Interposición del recurso y patrocinio. El recurso de hecho deberá ser interpuesto por el o los afectados, en el sitio web del Tribunal Calificador de Elecciones, dentro del plazo fatal de cinco días hábiles contado desde la notificación de la resolución que motiva el recurso y debe ser patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.