Texto oficial
73° Interposición. Cualquier ciudadano, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la actualización de asignación de escaños de diputados por el Consejo Directivo del Servicio Electoral en el Diario Oficial, podrá recurrir ante el Tribunal Calificador de Elecciones objetándolo, con todos los antecedentes en que funde su pretensión.
El Tribunal dictará sentencia en el plazo de diez días de la presentación.