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Artículo 76° de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159481 / 10226435.

Texto oficial

76º Recursos. Las resoluciones que se dicten serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones, quien resolverá con exclusión del miembro que hubiere resuelto en primera instancia.