Texto oficial
90º Publicidad. El Tribunal para cumplir el objetivo anterior incorporará en forma completa y actualizada, a lo menos mensualmente, en su sitio electrónico www.tribunalcalificador.cl o www.tricel.cl los antecedentes reseñados en el párrafo primero del numeral anterior, salvo los datos sensibles a que se refiere el inciso segundo de la letra i), del artículo 7° de la Ley N° 20.285, y los personales, sin perjuicio de mantenerlos a disposición del público en la secretaría del Tribunal a la que podrá accederse personalmente dentro del horario de funcionamiento de ésta.