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Artículo 1 de la Ley S/N · Votos de los miembros de los tribunales colejiados en las sentencias que emitan

Votos de los miembros de los tribunales colejiados en las sentencias que emitan

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160018 / 10248083.

Texto oficial

ART. 1.° En las sentencias definitivas o interlocutorias que pronunciaren los tribunales colejiados, se espresará nominalmente qué miembros han concurrido con su voto a formar sentencia i qué miembros han sostenido opinion contraria.