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Artículo 13 del Decreto 1

Aprueba reglamento conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 15 del código del trabajo, modificado por la ley n° 21.271, determinando las actividades consideradas como trabajo peligroso, e incluye directrices destinadas a evitar este tipo de trabajo, dirigidas a los empleadores y establecimientos educacionales, de tal manera de proteger los derechos de las y los adolescentes con edad para trabajar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160031 / 10228701.

Texto oficial

Artículo 13.- Derógase el decreto supremo N° 50, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 13 del Código del Trabajo.