Texto oficial
Artículo 127.- Las bases de licitación deberán ajustarse a lo establecido en la Ley, en el presente reglamento, en las normas técnicas, en los Decretos de Expansión, en el decreto exento que fija la franja preliminar y en la demás normativa vigente.
Las bases y el proceso de licitación deberán sujetarse al principio de no discriminación arbitraria entre los oferentes y potenciales interesados. El proceso de licitación deberá sujetarse al principio de estricta sujeción a las bases.