Texto oficial
Artículo 140.- Durante el proceso de evaluación de las ofertas, el Coordinador podrá solicitar a los oferentes que enmienden errores, omisiones o contradicciones de sus ofertas técnicas o administrativas, conforme los plazos y etapas dispuestos en las bases. Asimismo, el Coordinador podrá pedir antecedentes adicionales, tendientes a aclarar imprecisiones de las ofertas técnicas y administrativas.
Respecto de las ofertas económicas, sólo se aceptarán documentos que se presenten sin enmiendas, borrones ni tachaduras de ningún tipo. En caso contrario, el Coordinador deberá rechazar las mencionadas ofertas.