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Artículo CUARTO transitorio del Decreto 37

Aprueba reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160108 / 10229329.

Texto oficial

Artículo cuarto transitorio. Las Obras Nuevas y Obras de Ampliación que no hayan sido adjudicadas ni se encuentren en un proceso de licitación en curso a la fecha de publicación del presente decreto, se regirán por los términos y condiciones establecidos en el reglamento aprobado en el artículo primero del presente decreto.