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Artículo 12 B del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160403 / 10239830.

Texto oficial

Ley N° 21.081 Artículo 12 B.- Los proveedores de servicios de Art. 1 N° 7 telecomunicaciones que realicen ofertas conjuntas deberán D.O. 13.09.2018 ofrecer individualmente cada uno de los servicios y planes que componen las mismas. De esta forma, no podrán atar, ligar o supeditar, bajo ningún modo o condición, la contratación de un servicio cualquiera a la contratación de otro.